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Enviado por chavi17 el 1 abr 2015, 17:01

Cariño cuelgo que está la policia al lado....


policia,hablando movil,intermitente,tan tranquilo,multa,a si mismo,verguenza

Vía: http://


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#1 por shimae
3 abr 2015, 22:18

Parece que tiene un problema con las palabras terminadas en -ente.

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#7 por Wololoh
3 abr 2015, 23:44

Aquí tienes el artículo:

RD 1428/2003.

Art. 18.2.2 - Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares (artículo 11.3, párrafo segundo, del texto articulado).

Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas (artículo 11.3, párrafo tercero, del texto articulado).

Para hacerse el enterado hay que saber un poquito de lo que se habla... o zasca.

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#2 por xenxo
3 abr 2015, 22:29

#1 #1 shimae dijo: Parece que tiene un problema con las palabras terminadas en -ente.@shimae Probablemente xD

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#3 por reimashi
3 abr 2015, 22:31

Quitar una foto a un agente sin su consentimiento, multa de 600.000€...

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#4 por reimashi
3 abr 2015, 22:33

Sacar y publicar una foto de un agente sin su consentimiento, 600.000€ de multa... ya veréis quien ríe el ultimo, con la dictadura que nos ha impuesto el PPnatas ese.

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#6 por olivares007
3 abr 2015, 23:40

Los policias están exentos de esa prohibición junto con la de llevar el cinturón... Han salido un montón de fotos como estas por aquí

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#10 por rafa9393
4 abr 2015, 00:27

Le preguntaría al twittero cuantas veces se juega la vida para salvar a los demás...

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#11 por ataliel
4 abr 2015, 00:38

#1 #1 shimae dijo: Parece que tiene un problema con las palabras terminadas en -ente.@shimae lo jodido es que esta foto es sufici-ENTE para que encima te multen :)

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#14 por nelson_manguera
4 abr 2015, 13:00

#7 #7 Wololoh dijo: Aquí tienes el artículo:

RD 1428/2003.

Art. 18.2.2 - Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares (artículo 11.3, párrafo segundo, del texto articulado).

Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas (artículo 11.3, párrafo tercero, del texto articulado).

Para hacerse el enterado hay que saber un poquito de lo que se habla... o zasca.
@Wololoh En otro post similar a este ya quedó claro que el hecho de ser policías no les exime de respetar la Ley, y que las excepciones como las que has citado se interpretan en sentido restrictivo (es decir, sólo en los casos en los que los hechos justifiquen ese incumplimiento).

En la foto puede que concurran causas que justifiquen la actuación del policía o puede que no (en caso de hacerlo debería ser él quien demostrase que sí concurrían), pero independientemente de ese caso en concreto, son muchas las ocasiones en las que un agente vulnera las normas por motivos personales nada relacionados con su trabajo (ej: hablar con un amigo o familiar) porque no existen sanciones realmente firmes que desincentiven ese comportamiento.

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#15 por el_negro_de_whatsapp
4 abr 2015, 13:15

La policía tiene permitido usar el teléfono móvil mientras condunce, de nada

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#16 por Wololoh
4 abr 2015, 17:19

#14 #14 nelson_manguera dijo: #7 @Wololoh En otro post similar a este ya quedó claro que el hecho de ser policías no les exime de respetar la Ley, y que las excepciones como las que has citado se interpretan en sentido restrictivo (es decir, sólo en los casos en los que los hechos justifiquen ese incumplimiento).

En la foto puede que concurran causas que justifiquen la actuación del policía o puede que no (en caso de hacerlo debería ser él quien demostrase que sí concurrían), pero independientemente de ese caso en concreto, son muchas las ocasiones en las que un agente vulnera las normas por motivos personales nada relacionados con su trabajo (ej: hablar con un amigo o familiar) porque no existen sanciones realmente firmes que desincentiven ese comportamiento.
@nelson_manguera definitivamente sí, hecha la ley hecha la trampa. Pero es lo que dices: puede que sea algo justificable o no... la cuestión es que la interpretación suele ser "mira a ese hijo de puta saltándose la ley"... y no. Ni puedes demostrar que sea justificable ni que no, por lo que la foto es innecesaria de una forma u otra.

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#8 por anderssonlat
4 abr 2015, 00:08

permanentremente no sabe cuando parar

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#18 por kaneda88
4 abr 2015, 18:06

pues yo no cojo así el móvil y no lo acabo de ver en la foto, seguro que esta hablando? (pregunto de buen rollo)

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#17 por Wololoh
4 abr 2015, 17:23

#13 #13 programatrix dijo: #7 @Wololoh Si se demuestra que es una llamada profesional entiendo la legislación vigente, también se les permite ir a 200 km/h si es necesario por carretera..., ¿Tambien le aplicamos el mismos reglamento?@programatrix La aplicación de la ley no es de libre interpretación. No soy ningún experto en estos temas, pero si nos ponemos a hablar de casos concretos la ley se queda atrás; para eso hay gente especializada que se ocupa de aplicarla en cada caso (abogados, jueces, la propia policía/guardía civil...), no los típicos listos que lo único que hacen es desprestigiar el trabajo de cualquier funcionario público para decir "si es que mira que mal va el país" y quedarse tranquilo y realizado.

No defiendo a ninguna parte, solo me parece absurda la idea que se quiere transmitir en esta foto...

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#12 por gremlin_de_la_alameda
4 abr 2015, 01:16

He visto ya un par de tuits por aquí llamándoles la atención a la @policia, me gustaría saber si hubo respuesta...

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#9 por ntsuba
4 abr 2015, 00:10

a él no le quitan los puntos, no te preocupes jajaja menos mal que todos somos iguales xD

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#13 por programatrix
4 abr 2015, 03:16

#7 #7 Wololoh dijo: Aquí tienes el artículo:

RD 1428/2003.

Art. 18.2.2 - Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares (artículo 11.3, párrafo segundo, del texto articulado).

Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas (artículo 11.3, párrafo tercero, del texto articulado).

Para hacerse el enterado hay que saber un poquito de lo que se habla... o zasca.
@Wololoh Si se demuestra que es una llamada profesional entiendo la legislación vigente, también se les permite ir a 200 km/h si es necesario por carretera..., ¿Tambien le aplicamos el mismos reglamento?

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#5 por programatrix
3 abr 2015, 23:02

La foto se puede publicar, pero narices, ¿Por qué no pixelaís la cara?, a mi si me pillaran hablando por el movil y conduciendo no me gustaría estar en las redes sociales con mi cara como ejemplo de mal ciudadano, ¿A vosotros si?
Además varias cosas, ¿Está el coche parado?, si está parado no es delito en ningún caso, luego, ¿Os fijaís en la ventana de atras? :S ¿Que hay ahí? :S ¿Un cartel, televisión, etc... ?
Y si tiene el intermitente puesto permanente, parado, en principio no es delito, ¿Quién no lo ha hecho alguna vez?, está permitido una parada de 2 minutos y hablar con el movil, es la ley...
Como siempre fotos parciales para desacreditar a profesionales y si se puede fastidiarle la vida al policía saliendo del anonimato.

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